Artículo de interés

Teleconsulta con pacientes: documento sobre buenas prácticas (MINSAL de Argentina)
29/3/2022

Por: Dr. Rubén Vernuccio, Secretario de la CD del ITAES. Publicado en: newsletter de Marzo


En línea con la misión y visión del ITAES, compartimos un documento de suma importancia que se publicó el pasado 22 de Marzo en el Boletín Oficial de la Rep. Argentina. Fue elaborado por el Ministerio de Salud, en articulación con diversas sociedades científicas y organizaciones, y entró en vigencia mediante la resolución 581/2022.

Nos enorgullece comunicar a entidades asociadas y a todas las personas vinculadas con la mejora continua de la calidad acerca de la participación del Instituto.

El ITAES ha sido una de las instituciones consultadas: contribuyendo sobre el aporte de ideas, sugerencias y recomendaciones que nutrieron, en forma colaborativa e intersectorial, al “Documento de buenas prácticas para la teleconsulta con el/la paciente”.

En la resolución se define una política y estrategia en materia de lo que corresponde a una de las acciones de Telemedicina: la Teleconsulta. La 581/2022 está alineada con otra del año 2019 (RESOL-2019-21-APN-SGS#MSYDS), la cual en su artículo 5° insta a contar y conformar un grupo asesor, convocando a referentes jurisdiccionales e institucionales, universidades y a todo experto que acredite experiencia en telesalud a efectos de colaborar en la implementación del Plan Nacional de Telesalud.

La resolución 581/2022 confirma y pone en práctica lo establecido por el artículo 5° de la resolución 21/2019 sobre el Plan de Telesalud.

El documento recientemente publicado constituye una herramienta de sumo valor para instituciones y profesionales, así como para garantizar una Atención segura Centrada en la Persona/Paciente.

Respecto de la etapa inicial de contingencia ante la pandemia, se aprecia que en muchos casos el uso de la Teleconsulta no tuvo una adecuada conformación normativa. Se impuso ante una necesidad de medios y respuesta, entendiendo que -de lo contrario- muchos pacientes hubiesen quedado sin atención a diversas necesidades; y sin asistencia a la incertidumbre y lo abrumador de un acontecimiento de estas características (el cual provocó aislamiento, temor, dolor, y muerte).

Ante este escenario, la Telemedicina (y la Teleconsulta, en particular) debe contar con una normatización y homogeneidad del tipo de prestación erogada; como así también, definir cuidados, sugerencias, objetivos generales, objetivos específicos, roles (del equipo de salud, paciente, usuario, familia).

Este documento recorre un camino que tal como se expone en conceptos modernos de seguridad del paciente, debe garantizar un viaje seguro y eficiente del paciente, condicionando medios propicios que den un entorno adecuado de accesibilidad, oportunidad, valorando limitaciones, reconociendo condiciones propicias de asistencia virtual, garantizando medios idóneos para la atención y registro de su accionar, favoreciendo equidad, resguardando privacidad y confidencialidad en los datos, mitigando riesgos. Centrar un accionar en la necesidad sobre un trato del factor humano empático, como eje en su desarrollo, el que debe articular un monitoreo sobre la experiencia del paciente y los resultados de esta práctica.

En la presente resolución queda claro que el sistema o plataforma utilizada debe resguardar principios de seguridad, calidad, ética y confidencialidad; con integración de datos del paciente a su Historia Clínica o Historia Electrónica, para dar transversalidad en la información y para ser parte de una única estructura de información.

Indudablemente, la resolución 581/2022 sienta un precedente necesario sobre un camino que debe ser transitado. En este camino, también deberán ser planteados otros elementos: control de la Gestión de Presupuesto; alineación en Cultura de la Organización; alfabetización en sistemas digitales para el público y para el sistema de salud; control sobre usos, beneficios y riesgos; análisis de preferencia y experiencia por parte del paciente y su familia.

Entendemos que existen retos y desafíos. Tal vez, también una necesidad en la expansión o transformación digital.

Esta necesidad estaría ligada con: evidencia de efectividad clínica; modelo de reembolso; demanda de los/las pacientes; capacitación; aumento en prevalencia de cronicidad; dificultad en seguimiento de enfermedades no transmisibles; mejoras necesaria en la estructura de red; mejoras en sistemas de comunicación digital; desarrollo de sistemas de monitoreo personal accesibles, que permitan transmitir parámetros tangibles de el/la paciente para el equipo de salud; confiabilidad; resguardo de derechos; valor en la continuidad de atención; co-diseño y circuitos retroalimentados de información; valor en datos y control de incidentes o eventos adversos; portabilidad de la información; diseños ergonómicos y sistemas que sustenten la humanización, como un pilar en este tipo de accionar.

 

Dr. Rubén O Vernuccio
Secretaría de la CD ITAES

 


 

Para acceder a la resolución 581/2022 y al anexo correspondiente, ingrese al sitio web del Boletín Oficial.

El documento está dirigido a todas las personas que “requieran y provean atención sanitaria” a través de tecnologías de la información y la comunicación “en el ámbito público, privado y de la seguridad social de las 24 jurisdicciones”. Esto incluye a “las y los pacientes, la comunidad sanitaria, equipos de salud, responsables/gestores de establecimientos de salud, entidades financiadoras, organizaciones de profesionales, proveedores de sistemas y servicios informáticos, organismos de gobierno y todas aquellas entidades académicas y agentes involucrados en el cuidado de la salud” en Argentina.


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